La Junta concederá ayudas de hasta 10.000 euros para fomentar el autoempleo

CASTILLA Y LEÓN. Oscilarán entre los 5.000 para desempleados en general y el máximo para mujeres discapacitadas

Las ayudas quieren fomentar el autoempleo entre las mujeres, sobre todo en los pueblos

La Junta de Castilla y León, con la colaboración del Fondo Social Europeo, pondrá en marcha ayudas destinadas a fomentar el autoempleo en la región, haciendo especial hincapiés en favorecer la incorporación al empleo de las mujeres, los jóvenes, discapacitados y a los mayores de 45 años, al tratarse de personas que tienen más dificultad para acceder al mercado de trabajo.

Así, las cuantías de las subvenciones oscilan entre los 5.000 euros para los desempleados en general, hasta los 10.000, en el caso de las desempleadas con discapacidad. Además, los desempleados jóvenes de 30 o menos años pueden acceder a una subvención por importe de 6.000 euros, mientras que las mujeres y los mayores de 45, por 7.000 euros. Las ayudas para discapacitados ascienden a 8.000 euros. Asimismo, en el caso de que se trate de una mujer víctima de la violencia de género la cantidad se verá incrementada en un diez por ciento.

También se incentiva el autoempleo en los sectores considerados como nuevos yacimientos, en las actividades en las que hay un menor índice de empleo femenino y se establecen medidas de discriminación positiva de carácter territorial. También si la actividad se encuadra en un yacimiento de empleo se aumentará en 2.000 euros y hasta en 3.000 más cuando se trate de una mujer en una actividad u oficio en los que hay un menor número índice de empleo femenino. Por último, contará con una suma adicional de 500 euros si se establece en algún municipio de los declarados menos desarrollados o en los recogidos en el Plan Especial de Áreas Periféricas.

Requisitos

Podrán acceder a estas ayudas las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, cuando se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia, así como lo que cumpliendo estos requisitos tengan una minusvalía igual o superior al 33 por ciento, así como los autónomos que formen parte de una comunidad de bienes o sociedades civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.

Los solicitantes deberán estar desempleados en el momento de la solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad del colegio profesional. Se consideran trabajadores desempleados a los demandantes de empleo, no ocupados, que estén registrados en los Servicios Públicos de Empleo. También tendrán que haber presentado la solicitud de alta en cualquiera de los regímenes antes de presentar la solicitud.

14/02/09. FUENTE: Salamanca24Horas.com

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